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canonical_url: "https://fm-comunicar.com.ar/contenido/10581/por-segunda-vez-la-region-vivira-las-fiestas-con-pirotecnia-cero"
title: "Por segunda vez la región vivirá las fiestas con Pirotecnia Cero"
article_type: "Article"
description: "Desde el 2017 Colonia Caroya, Jesús María y Sinsacate prohíben el uso, venta y almacenamiento de elementos pirotécnicos y de artificio por ordenanza municipal. Nuevamente los próximos festejos de Navidad y Año Nuevo serán sin ruidos de estruendo."
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date_published: "2018-12-11T11:50:00-03:00"
date_modified: "2018-12-11T17:59:50-03:00"
tags:
  - "local"
  - "pirotecnia"
author_name: "Giuliana Brollo"
author_url: "https://fm-comunicar.com.ar/usuario/23/giuliana-brollo"
category_name: "Locales"
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# Por segunda vez la región vivirá las fiestas con Pirotecnia Cero

![multimedia.normal.af88dbd53b045ad7.7069726f7465636e69615f6e6f726d616c2e6a7067](/download/multimedia.miniatura.b19bab8e45a6d3d5.6d756c74696d656469612e6e6f726d616c2e61663838646264353362303435615f6d696e6961747572612e6a7067.jpg)

Las próximas fiestas de Navidad y Año Nuevo serán las segundas en la región con pirotecnia cero.

Desde el 2017 Colonia Caroya, Jesús María y Sinsacate **[prohíbe el uso, venta y almacenamiento de elementos pirotécnicos.](https://fm-comunicar.com.ar/noticia/2043/pirotecnia-cero-en-nuestra-region)**

En Colonia Caroya la ordenanza municipal se aprobó en 2016 pero empezó a regir en junio del siguiente año. La misma elimina el uso, tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público, de cualquier tipo de productos de pirotecnia y/o fuegos de artificio.

El incumplimiento de la [ordenanza municipal 2014/16](http://cdcoloniacaroya.gob.ar/Ordenanza/Detalles/128) deriva en el correspondiente decomiso y destrucción de estos elementos por parte de las autoridades de control.

**Multas y sanciones**

En caso de infringir la ordenanza se aplicará una sanción equivalente de hasta 500 unidades de multa en la primera infracción, duplicándose en la segunda, triplicándose en la tercera y sucesivas respecto de la multa anteriormente impuesta.

Además se podrán clausurar locales comerciales infractores durante 30 a 60 días (artículo 6 de la ordenanza).

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