La condena a Jeremías y más: los nueve puntos del veredicto

Policiales - Judiciales 17 de diciembre de 2019 Por Ariel Roggio
El jurado popular aceptó todo lo que solicitó el fiscal de cámara. Pidió que se siga investigando a los posibles instigadores del crimen, ordenó la inhibición de los bienes del condenado y consideró que uno de los declarantes dio "falso testimonio".
jurado

Después de más de tres horas de deliberación, la Cámara 8ª del Crimen, a través del jurado popular, resolvió lo siguiente con respecto al juicio por el crimen de María Eugenia Cadamuro. 

1-      Rechazar la nulidad presentada por el Dr. Marcelo Brito, abogado de Jeremías Sanz.

2-      Declarar que Pedro Jeremías Sanz es autor plenamente responsable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, por alevosía y por violencia de genero e imponerle la pena de prisión perpetua, adicionales de ley y costas.

3-      Oficiar a las autoridades del Servicio Penitenciario que brinden al acusado un tratamiento psicoterapéutico.

4-      Disponer el decomiso de la camioneta VW Amarok cabina simple y de seis vainas servidas de cartuchos calibre 16 que se encontraron en su interior.

5-      Disponer la inhibición general de los bienes muebles e inmuebles a los fines de garantizar el pago de las costas del proceso.

6-      Remitir los antecedentes al Ministerio Público Fiscal ante la posible comisión del delito de falso testimonio por parte de Carlos Arlla (compró parte del campo de Jeremías cuando éste se encontraba en la cárcel). 

7-      Remitir copia al fiscal de instrucción de Jesús María a fin que continúe y profundice la investigación en torno a lo siguiente:

·         Establecer si terceras personas tuvieron algún grado de participan como instigadores y/o cómplices en el homicidio entre ellas su hermana Susana Mabel Cadamuro y la pareja de ésta, Facundo González.

·         Determinar los movimientos de cheques sustraídos así como también la sustracción de hacienda.

8-      Anoticiar del fallo al Juzgado Civil, Comercial y de Familia de Jesús María donde se tramita el juicio sucesorio de María Eugenia Cadamuro.

9-      Emplazar al condenado para que en el término de 15 días acredite el abono de la Tasa de Justicia.

Ariel Roggio

Periodista

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