
El aumento de las tasas municipales del 2020 dependerá del "libre deuda"
El Departamento Ejecutivo Municipal envió al Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza Tarifaria para el año 2020.
Para la mayoría de los contribuyentes de la ciudad que están dentro de la categoría de “cumplidores”, el incremento en la Tasa de Servicios a la Propiedad oscilará entre el 16 y el 27 por ciento.
Las subas están por debajo de la inflación interanual, la cual ha superado el 50 por ciento.
Los topes de aumentos que se ajustan por el precio de las superficies construidas, se fijaron en un promedio del 45 por ciento para los contribuyentes no cumplidores.
El objetivo es no superar el porcentaje de inflación interanual.
En la elaboración del proyecto se trabajó en conjunto con las autoridades electas de Jesús María buscando armonizar las normativas de ambas localidades.
Contribuyente cumplidor.
Todos aquellos contribuyentes que al 30 de diciembre de este año no posean deudas con la Municipalidad, podrán abonar en efectivo o con tarjeta con los siguientes beneficios:
- Cuota única (31 de enero): descuento del 20 por ciento.
- En tres cuotas (enero, febrero y marzo): descuento de 15 por ciento.
El resto de los contribuyentes podrá abonar las tasas en efectivo o tarjeta, en seis cuotas durante el transcurso del año.
Otras características de la Tarifaria:
Tasa Comercial a pequeños constribuyentes: en función de los convenios celebrados con el Gobierno Provincial, se mantienen las rebajas con tasa diferenciales.
Gas Natural: Se mantiene la Tasa Municipal Cero para el consumo de gas natural.
Energía: Se mantiene la rebaja del 40 por ciento en el ítem de la Tasa Municipal sobre la Energía, quedando la alícuota en el 10 por ciento.
Exenciones: Se mantienen las exenciones a las personas con discapacidad, a Veteranos de Guerra de Malvinas y a productores de la zona rural que tengan en sus chacras al menos una hectárea de viñedos, en el marco del Programa “Rinascere”.
Jubilados y pensionados: Para los jubilados y pensionados con única propiedad, y que realicen el trámite ante la Dirección de Recursos Tributarios, se fijan las siguientes exenciones en la Tasa a la Propiedad.
- Quienes cobran menos de 17 mil pesos: 100 por ciento de exención.
- Quienes cobran entre 17 mil y 21 mil pesos: 80 por ciento de exención.
- Quienes cobran entre 21 mil y 30 mil pesos: 60 por ciento de exención.


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