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El Tribunal de Disciplina aplicó la sanción máxima prevista para los hechos de gravedad. Pese a mostrar arrepentimiento por el hecho, no podrá jugar más en el fútbol local.
Deportes19 de mayo de 2023La sanción más dura del Boletín Disciplinario de la Liga Colón cayó sobre el jugador de San Martín que agredió a Lucas Amaya, de Falucho, en un encuentro de la Cuarta División.
El agresor, pese a que mostró arrepentimiento, fue sancionado con la expulsión de la Liga Regional Colón.
EL FALLO COMPLETO.
EXPEDIENTE N° 45/23: Santiago Benítez sobre agresión y suspensión del partido de Cuarta División entre San Martín y Falucho
Visto el informe arbitral del partido de Cuarta División correspondiente a la Fecha 9 del Apertura, disputado el pasado domingo 7 de Mayo de 2023, entre los clubes San Martín y Falucho; este Tribunal había citado en el Boletín N° 10/23 al Sr. Santiago Benítez, carnet 24734 para que ejerciera su derecho de defensa, acompañado de un mayor de edad. Además, este Tribunal pidió en el Visto 2 del Boletín N° 10/23 un descargo escrito al Club San Martín para justificar la suspensión del encuentro de la divisional Cuarta.
Así mismo se recibe nota del Club Falucho con fecha 9 de Mayo.
Y visto que la nota fue firmada por el presidente Mario Enrique Viel y el secretario Lautaro Bulacio, este Tribunal da como válida la nota.
En dicha nota, el club informa que el Sr. Lucas Valentín Amaya, carnet 19193, jugador de Falucho, había sido agredido por el Sr. Santiago Benítez, jugador de San Martín, durante el encuentro de Cuarta División.
Que el Club Falucho alega que el jugador Amaya fue derribado en primera instancia por el Sr. Benítez y luego recibe una patada en el cráneo, obligando el accionar del personal sanitario que se encontraba presente.
Que minutos después se hizo el traslado en ambulancia, donde el jugador fue introducido canalizado y con cuello ortopédico en el vehículo. Que el servicio de emergencia SUM trasladó al jugador Amaya a la Clínica Jesús María donde se le realizaron cinco tomografías, y desde ahí derivado al Sanatorio Allende de la Ciudad de Córdoba.
Que ya en la Ciudad de Córdoba, el jugador Amaya fue internado en la Unidad de Terapia Intensiva de dicho establecimiento.
Que ya en fecha del 16 de Mayo, se presentó ante este Tribunal el Sr. Santiago Benítez, acompañado por su madre.
Que, mediante el dialogo se le hizo saber las razones de su sanción y se le leyó el informe arbitral.
Que, en el interrogatorio oral, el Sr. Benítez admite que estuvo presente en esta situación, y reconoce su error de haber agredido al Sr. Amaya en dos ocasiones.
Que, paso siguiente, se le pidió al Sr. Benítez que deje constancia de su presencia mediante un descargo escrito de puño y letra en una hoja membretada por la Liga Regional Colón.
Que en dicho descargo escrito ratifica todo lo dicho anteriormente. A su vez, en el mismo día 16 de Mayo se recibe descargo del Club San Martín. Y visto que la nota fue firmada por el presidente Primo Daniel Brollo y la secretaria Gabriela Rosa, este Tribunal da como válida la nota.
Que en dicho descargo el club confirma que el partido fue suspendido en acuerdo unánime entre los delegados y el árbitro debido a la agresión que efectuó el Sr. Benítez sobre el Sr. Amaya. Y que debido a este incidente el partido no pudo continuar por no estar dadas las garantías psicológicas de los presentes.
Y visto las notas presentadas por los clubes y el descargo presentado por el Sr. Benítez, este Tribunal decide dar un fallo sobre esta situación.
Y visto que el Sr. Santiago Benítez ha admitido su responsabilidad en este hecho, y visto el informe arbitral y la nota del Club Falucho, es incuestionable que esta acción debe ser considerada como falta grave del deporte en ejercicio.
Y considerando, que el Art. 287 inc. 5 del R.T.P. consta que cualquier jugador que cometa cualquier hecho inmoral o reprochable, puede ser castigado con penas que van hasta los 30 partidos de suspensión, hasta los 5 años de inactividad y hasta la expulsión de la liga.
Y visto la gravedad del suceso, donde un jugador estuvo durante varias horas en Terapia Intensiva de un servicio de salud, este Tribunal decide que se debe aplicar la pena máxima.
Por estas razones, este Tribunal decide expulsar de la Liga Regional Colón al Sr. Santiago Benítez, carnet 24734, jugador de la Cuarta División del Club San Martín (Arts. 32, 33 y 287 inc. 5 del R.T.P.).
Además, este Tribunal decide dar el partido por finalizado, decretando el siguiente resultado final en la divisional Cuarta: San Martín 0 – Falucho 2 (Arts. 32, 33 y 106 inc. G del R.T.P.).
Por todo lo expuesto anteriormente, este Tribunal, RESUELVE:
1) Expulsar de la Liga Regional Colón al Sr. Santiago Benítez, carnet 24734, jugador de la Cuarta División del Club San Martín (Arts. 32, 33 y 287 inc. 5 del R.T.P.).
2) Dar el partido por finalizado, decretando el siguiente resultado final en la divisional Cuarta: San Martín 0 – Falucho 2 (Arts. 32, 33 y 106 inc. G del R.T.P.).
3) Se eleva dicha resolución al Comité Ejecutivo de la Liga Regional Colón (Arts. 32 y 33 del R.T.P.).
4) Publíquese, hágase saber al Departamento de Prensa de la Liga
Regional Colón, y archívese.
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