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Clausuraron un desarmadero por infracción a la Ley de Autopartes

Está ubicado sobre Ruta 9, entre calles 124 y 128. Secuestraron mil vehículos y 20 camiones que no fueron removidos, ya que la investigación seguirá en los próximos días.

Policiales16 de abril de 2019Ariel RoggioAriel Roggio
autopartes

Un total de mil vehículos fueron secuestrados en la mañana de este martes en un megaoperativo en un desarmadero de Ruta 9 en jurisdicción de Colonia Caroya.

El Ministerio de Seguridad de la Nación y efectivos de la Policía de Córdoba.

En el predio se secuestraron mil autos y  unos 20 camiones.  Además, una numerosa cantidad de autopartes.

El desarmadero fue clausurado por infracción a la Ley 25761 que regula los procedimientos para el desguace de un vehículo.

De acuerdo a fuentes oficiales, no se habrían cumplido los métodos legales para el desarme de los rodados.

Los automóviles y camiones no se removieron del lugar y por el caso no hay detenidos.

El procedimiento va a continuar en los próximos días, aunque se aclaró que no son vehículos de procedencia dudosa.

De acuerdo a la información suministrada, todo empezó por una denuncia que derivó en una investigación conjunta entre la Fiscalía de Jesús María, la Departamental Colón y el Ministerio de Seguridad.

¿Qué sanción establece la Ley 25.761?

 El artículo 13 dice: "El que procediere al desarmado de un automotor con el objeto de utilizar sus autopartes, sin la autorización que establece la presente ley, será penado con multa de PESOS UN MIL ($ 1.000) a PESOS TREINTA MIL ($ 30.000), siempre que el hecho no constituyere un delito más severamente penado. Si se hiciere de ello una actividad habitual, la pena será de prisión de QUINCE (15) días a TRES (3) meses y multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000). Aquellas personas cuya actividad principal, secundaria o accesoria sea el desarmado de automotores y/o la comercialización, transporte o almacenamiento de repuestos usados para automotores, e incumplieren lo dispuesto en la presente ley, serán penadas con prisión de QUINCE (15) días a TRES (3) meses y multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) e inhabilitación especial de UNO (1) a TRES (3) años. 

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