Sinsacate trabaja en la creación de un Registro de Bicicletas

Sinsacate 28 de abril de 2022 Por Giuliana Brollo
Es para que los ciclistas puedan dejar asentada la documentación del rodado y esa información sea proporcionada a la policía en caso de robo. El proyecto de ordenanza se presentó anoche en el Concejo Deliberante.
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En la última sesión del Concejo Deliberante de Sinsacate que se realizó el miércoles a la noche, el bloque oficialista presentó un proyecto de ordenanza para crear un Registro de Bicicletas. 

En entrevista con Radio Comunicar, la concejal Roxana Arro explicó que la iniciativa surgió de los mismos vecinos ciclistas de la localidad por "la necesidad de comprobar la propiedad de la bicicleta en caso de robo y proteger la seguridad de los que se movilizan en este medio para trabajar, pasear o practicar deporte". 

¿Qué dice el proyecto de ordenanza que se trabajará ahora en comisión?

VISTOS Y CONSIDERANDOS: 

Que la crisis sanitaria del COVID-19 trajo como resultado un incremento en las ventas de bicicletas en todo el mundo, en la Argentina, en nuestra zona y localidad en particular.

Que, no obstante, en la actualidad se están registrando fenómenos alarmantes de delitos vinculados al robo de este tipo de vehículos con asaltos y actos de violencia que imponen la necesidad de profundizar los controles y las medidas de seguridad en torno a la protección de los ciclistas y a los bienes personales.

Que un registro de bicis permitirá asociar los datos personales de los ciudadanos con los de su bicicleta. Este instrumento le facilitará a los ciclistas demostrar la propiedad de su vehículo ante un posible hurto o robo y a la Policía o la justicia, regresar de manera ágil las bicicletas recuperadas.

Que el Estado debe auspiciar el uso de la bicicleta como medio de movilidad urbana ya que esta es un medio de transporte que tiene diferentes beneficios tanto para la salud de las personas, no solo desde el punto de vista físico sino también psíquico, como para el medio ambiente urbano en general. El uso de la bicicleta es beneficioso para el medio ambiente, y la salud humana.

Que hoy acceder a la adquisición de una bicicleta conlleva un esfuerzo significativo desde el punto de vista económico ya sea de una de características urbanas y mucho más si se trata de un rodado con características especiales para la práctica del mountain bike, el ciclismo de ruta o las utilizadas para triatlón entre otras, motivo por el cual constituye un problema muy grave el robo de bicicletas ya que no solo perjudica a su propietario sino que constituye un elemento que desalienta su uso no solo por el hecho de la pérdida económica sino por el temor a sufrir actos de violencia que, incluso, puedan poner en riesgo la vida.

Que en todos los centros urbanos el robo de bicicletas se ha incrementado hecho que hace necesario que se tomen nuevas medidas y cursos creativos de acción a nivel municipal que puedan potenciar el desarrollo de sistemas de protección de la propiedad privada y ayuden a los inspectores y agentes policiales a poder ejercer un contralor más fácil y ágil permitiendo identificar bicicletas que aún siendo robadas se encuentren en poder de terceros que, incluso de buena fe, hayan adquirido las mismas.
 

REGISTRÓ DE PROPIETARIOS DE BICICLETAS

ART.3º:     LOS     COMERCIOS     dedicados     al     rubro     ventas      de      bicicletas deberán:

1.      Dejar asentado en el comprobante de venta el número de identificación único de la Bicicleta.

2.      Crear un registro de carácter obligatorio para los rodados nuevos que sean vendidos por los comerciantes de la localidad.

3.      Poner a disposición de las autoridades policiales interesadas, el registro y/o datos referidos a venta de bicicleta a un tercero. 

REGLAS DE CIRCULACIÓN PARA LOS CICLISTAS

 ART.5º: LOS CICLISTAS deberán cumplimentar las siguientes normas: Exhibición de documentos y número de cuadro en la bicicleta, en caso de ser requerida por parte de los inspectores municipales o fuerzas de seguridad. Estos pueden tomar registro de los datos, para controles posteriores o actuar en caso de ser una bicicleta con pedido de secuestro.

ART.6º: Toda   nueva   TRANSFERENCIA   O   BAJA,   de   bicicleta   que   estuviere registrada     en     el     Registro     de     Propietarios     de     Bicicletas,     deberá     ser comunicada al mismo por los sucesivos vendedores   y compradores, dejándose   constancia de la identidad y otros datos personales del vendedor y comprador.

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