Un concejal pidió cambiar la fórmula en que la Cooperativa cobra intereses por mora en el servicio de agua
El concejal Juan José Pérez presentó un proyecto de adenda al Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable de la ciudad de Colonia Caroya, modificando el artículo 4.6 del mismo, que fue ratificado en 2017.
Atento a lo que establece en la ley de Defensa del Consumidor, se pide cambiar el cálculo de interés por mora.
La ordenanza 2062/17, que otorga el servicio de provisión de agua a la Cooperativa de Servicios Públicos, dice que el régimen de recargo e intereses resarcitorios y punitorios por mora, se calcula aplicando una tasa y media (1,5) activa del Banco de la Nación Argentina.
Pero la Ley 24.240 de defensa del consumidor, que tiene carácter de orden público y se aplica a las relaciones de consumo en todo el territorio nacional, establece que se debe aplicar hasta el 50 por ciento (0, 5) de la tasa pasiva.
"Existe un conflicto entre el convenio vigente por la ordenanza municipal y la ley nacional, ya que el primero establece un límite superior al interés por mora que la segunda. Esto podría afectar los derechos de los usuarios", dijo Pérez.
El edil de Proyecto Caroya lo explicó con un ejemplo:
Por cada mil pesos de deuda que el usuario tenga con la Cooperativa por el servicio de agua, en un período de 15 días se genera el siguiente interés según cada cálculo:
- Lo que hace la Coope: aplicando 1,5 Tasa Activa del Banco Nación (136%) se generan 84 pesos de interés.
- Lo que dice Defensa del Consumidor: aplicando 0,5 Tasa Pasiva (78%), se generan 16 pesos de interés.
"La diferencia es mucha entre lo que aplica la Cooperativa y lo que Defensa del Consumidor establece como ley", dijo.
Pérez dijo que encontró ese artículo al revisar el convenio del 2017 cuando la Cooperativa informó que aplicará 128 por ciento de aumento entre septiembre 2023 y julio 2024.